CONSEJO CANTONAL PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DEL CANTÓN NANGARITZA.

RESPONSABLE: Ing. Lorena Jakeline Villalta Guaya. SECRETARIA EJECUTIVA DEL CCPID-CN.

PERIODO INICIO DE GESTIÓN

17 de mayo 2019 al 2023.

ORDENANZA. 

Ordenanza que Implementa, Organiza y Regula el Sistema de Igualdad y Protección Integral de Derechos de las Personas y Grupos de Atención Prioritaria en el Cantón Nangaritza.

MARCO LEGAL INSTITUCIONAL: 

Según Ordenanza Municipal de Nangaritza, se encuentra funcionando a partir del 25 de octubre del 2013 con una reforma a la ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN  DEL  SISTEMA DE IGUALDAD Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS EN EL CANTON NANGARITZA,  aprobada el 12 de julio del 2016; y derogada en primer  debate de sesión Ordinaria realizada el 31 de enero de 2020 y en segundo debate  en la Sesión Ordinaria realizada el 06 de febrero de 2020, con una reforma a  LA ORDENANZA QUE IMPLEMENTA, ORGANIZA Y REGULA EL SISTEMA DE IGUALDAD Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA EN EL CANTÓN NANGARITZA,  aprobada el 29 de mayo del 2020 fecha esta última en que se aprobó definitivamente por el Concejo  Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Nangaritza en donde expide :  LA PRIMERA REFORMA LA ORDENANZA QUE IMPLEMENTA, ORGANIZA Y REGULA EL SISTEMA DE IGUALDAD Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA EN EL CANTÓN NANGARITZA,

PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA

Aprobada el 29 de mayo del 2020 por el Consejo del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Nangaritza.

  • Consejo Cantonal para la Protección Integral de los Derechos del Cantón Nangaritza

OBJETIVO CCPD-CN

Garantizar el ejercicio pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes adultos mayores y grupos de atención prioritaria del el Cantón Nangaritza con la finalidad de restituir los derechos cuando estos fueron vulnerados.

VISIÓN:

Liderar la garantía de derechos de las personas y en especial del grupo de atención prioritaria, enriqueciendo el conocimiento y exigibilidad para mejorar el Buen Vivir de los Nangaritsences.

MISIÓN:

Diseñar, proponer, vigilar y exigir el cumplimiento de políticas públicas para la protección integral de los derechos de los grupos de atención prioritaria; facilitando procesos de igualdad y no discriminación, de forma efectiva, solidaria y participativa.

CONSEJO CANTONAL PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DEL CANTON NANGARITZA (Art.11. Ordenanza CCPID-CN )

Es un Organismo colegiado de Derecho Público y autonomía administrativa, orgánica y funcional, integrado paritariamente por los integrantes del Estado, delegados de los organismos desconcentrados del gobierno nacional que tengan responsabilidad directa  en la garantía ,protección y defensa de los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria ,delegados de los gobiernos parroquiales rurales; y por la sociedad civil, representantes de los grupos de atención prioritaria, titulares de derecho.

OBJETIVOS Y FINES (Art.2CCPID-CN) 

El sistema de Igualdad y Protección Integral de Derechos de las Personas y Grupos de Atención Prioritaria tiene y funcionamiento de las entidades que integran el Sistema de Igualdad y Protección de Derechos de las Personas y Grupos de Atención   Prioritaria del Cantón Nangaritza y su finalidad especifica es respetar y hacer respetar el ejercicio integral de las garantías establecidas en los cinco enfoques de igualdad establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, definidos de  la siguiente forma:

1.- Intergeneracional

  1. De las niñas, niños y adolecentes
  2. De la juventud
  3. De los adultos mayores

2.- De las personas con discapacidad

3.-De las etnias e interculturalidades

4.- Género

5.- Movilidad Humanas.

ATRIBUCIONES: (Art. 12 CCPDCN

  1. Promover el respeto de los derechos de la ciudadanía en el Cantón Nangaritza,  principalmente de los grupos de atención prioritaria, tal como los define la Constitución; y, aquellos que se encuentran en situación de exclusión y/o vulnerabilidad;
  2. Formular políticas públicas, lineamientos y contenidos que promuevan la igualdad y no discriminación, en armonía con los planes nacionales, locales y otros instrumentos de política pública;
  3. Hacer observancia y seguimiento del cumplimiento de las normas, principios y enfoques determinados en la Constitución, Leyes Orgánicas y demás normativa vigente, en la formulación y transversalización de las políticas públicas;
  4. Coordinar acciones con la Junta Cantonal de Protección Integral de Derechos del Cantón Nangaritza, Defensoría del Pueblo, Consejo de la Judicatura, Fiscalía, DINAPEN, redes de protección de la sociedad civil, Policía Nacional, o cualquier otro organismo con el objeto de impedir o hacer cesar todo acto u omisión que vulnere o amenace con vulnerar derechos en el Cantón Nangaritza;
  5. Coordinar acciones con todas las entidades e instancias del ámbito municipal que brinden servicios a la ciudadanía;
  6. Promover que los organismos y entidades que conforman el Sistema, en el marco de sus competencias, definan anualmente su accionar de manera coordinada y articulada con el plan estratégico para la protección integral de los grupos de atención prioritaria en el Cantón Nangaritza;
  7. Realizar informes, investigaciones y otras formas de recopilación, sistematización y análisis de información relevante sobre las problemáticas en el ejercicio de derechos en el Cantón Nangaritza;
  8. Formular estrategias de comunicación, difusión, capacitación y sensibilización sobre los derechos humanos;
  9. Organizar y coordinar el proceso de conformación de los consejos consultivos;
  10. Aprobar el plan estratégico u operativo y otras herramientas de planificación del Consejo de Protección de Derechos para su cabal funcionamiento;
  11. Nombrar al Vicepresidente del Consejo Cantonal y a las Comisiones que se consideren pertinentes, sujetas a los requisitos establecidos;
  12. Denunciar ante la autoridad competente las acciones u omisiones que atenten contra los derechos, cuya protección le corresponde;
  13. Emitir y aprobar las normas reglamentarias internas para la aplicación de sus competencias y funcionamiento; y,
  14. Las demás funciones que señalen las leyes y normativas vigentes.

QUIEN PUEDE DENUNCIAR. 

  • Todos somos corresponsables de salvaguardar la integridad personal del CCPID-CN, esto es la comunidad, la familia y los mismos niños/as y adolescentes, es decir:
  • Todo ciudadano que se crea perjudicado, dañado o afectado por otra persona, funcionario, sociedad o institución puede efectuar la denuncia o quien, sin ser afectado, tenga noticias de un delito de acción pública..

COMO SE PUEDE PRESENTAR UNA DENUNCIA. 

La denuncia es GRATUITA y el trámite es confidencial, se puede realizar de forma verbal o escrita de manera personal o por derivación institucional.

REQUISITOS PARA PRESENTAR DENUNCIAS. 

1. Partida de Nacimiento o cédula de identidad de los NNA.
2. Nombres completos del denunciante o denunciantes (números de teléfono).
3. Nombres completos del denunciado o denunciados.
4. Dirección domiciliaria exacta del denunciado o denunciados, con referencias
5. Los niños, niñas y adolescentes podrán presentar personalmente sus denuncias.
6. Las circunstancias del hecho denunciado, con indicación del derecho afectado o irregularidad imputada.

¿DÓNDE PUEDO ACUDIR? 

  •  Junta Cantonal de Protección Integral de Derechos.
  •  Policía Nacional.
  •  Unidad Judicial Multicompetente.
  •  Comisaría de policía.

ENTIDADES QUE PATROCINAN GRATUITAMENTE LAS DENUNCIAS. 

  • Defendería Pública

DIRECCIÓN Y HORARIOS DE ATENCIÓN

Dirección Av. 19 de noviembre y Jorge Mosquera.

Atención  de lunes a viernes  de 08:00 a 12:00 y de 13:00 a 17:00.

RENDICIÓN DE CUENTAS.

RENDICIÓN DE CUENTAS 2017.